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Reagrupación familiar para vivir juntos en España

¿Quieres traer a tu pareja, hijos o padres a España? Revisamos el vínculo familiar, tu residencia y los requisitos de la vía que corresponda antes de preparar el expediente.

Atención en castellano y rumano. Para consultas en inglés, contacta previamente para confirmar cómo podemos ayudarte.

Empezamos por estudiar tu situación

No es el mismo procedimiento para familiares de una persona extranjera residente, de una persona española o de un ciudadano de la Unión Europea. Empezamos por identificar el régimen correcto y dónde se encuentra cada familiar.

Cónyuge o pareja

Revisamos cómo acreditar el vínculo y las condiciones de la vía aplicable. La documentación puede variar según el tipo de relación.

Hijos y menores a cargo

Estudiamos la edad, la filiación y, si corresponde, la representación, custodia o autorización del otro progenitor.

Padres y otros supuestos

Valoramos si el familiar está comprendido en la vía elegida y las condiciones de edad, dependencia u otras circunstancias exigibles.

Cómo trabajamos tu expediente

  1. Identificamos el régimen familiar y qué condiciones deben acreditar reagrupante y familiar.
  2. Revisamos vínculos, recursos, vivienda y documentos extranjeros según el caso.
  3. Acordamos la solicitud y el seguimiento, y explicamos las fases de visado, entrada y documentación que puedan corresponder.
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Qué conviene preparar para la consulta

  • Nacionalidad, pasaporte y documento de residencia de quien reside en España.
  • Datos, pasaporte y lugar de residencia actual del familiar que quiere venir.
  • Certificados de matrimonio, pareja, nacimiento u otros documentos del vínculo.
  • Información sobre ingresos, unidad familiar y vivienda de que dispongas.
  • Documentos de dependencia, custodia o representación cuando sean relevantes.
  • Resoluciones y notificaciones previas; revisaremos traducción, legalización o apostilla cuando proceda.

Preguntas frecuentes

¿Puedo reagrupar a cualquier familiar?

No todos los familiares están incluidos ni en las mismas condiciones. La reagrupación ordinaria contempla determinados vínculos, con requisitos específicos. Revisamos parentesco, edad, dependencia y situación de residencia antes de elegir la vía.

¿Es lo mismo si tengo nacionalidad española o de otro país de la UE?

No. Existen vías específicas para familiares de personas españolas y un régimen propio para ciudadanos de la UE y determinados familiares. Identificar el régimen evita preparar un expediente por una vía que no corresponde.

¿Cuánto dinero tengo que acreditar?

Depende del régimen y de la composición y circunstancias de la unidad familiar. Analizamos los recursos que pueden computarse y cómo acreditarlos; no conviene aplicar una cifra única a todos los casos.

¿Necesito un informe de vivienda adecuada?

En la reagrupación ordinaria se acredita la vivienda en los términos exigidos por esa vía. Revisamos la documentación y el informe que proceda, sin trasladar automáticamente ese requisito a todos los regímenes familiares.

¿Qué pasa si quiero traer a mi hijo y el otro progenitor no viene?

Hay que revisar filiación, custodia y las autorizaciones o resoluciones pertinentes. La documentación depende de la situación familiar; conviene estudiarla antes de iniciar la solicitud o el visado.

¿La autorización permite trabajar a mi familiar?

En la reagrupación ordinaria, la autorización del cónyuge, pareja o hijo habilita para trabajar si se supera la edad mínima legal, sin otra autorización de trabajo. Deben cumplirse las condiciones de eficacia de la residencia; presentar la solicitud no equivale a tenerla concedida.

¿Y si mi familiar ya está en España?

Debemos revisar cómo entró, su situación actual y el régimen aplicable. No puede darse por hecho que una solicitud ordinaria sustituya el visado o regularice cualquier estancia.

¿Podéis asegurar cuándo podrá venir?

No podemos fijar una fecha. Las fases administrativas y consulares dependen del procedimiento y del expediente. Te explicaremos qué actuaciones podemos asumir y cuáles deben realizarse personalmente.

Servicios y honorarios claros

Antes de iniciar el servicio concretamos el alcance del encargo y los honorarios. Te indicaremos qué tasas, traducciones u otros gastos pueden corresponder por separado.

Reservar consulta de reagrupación familiar →

¿Prefieres escribir antes de reservar?

Cuéntanos brevemente qué trámite necesitas. Si hay una notificación o un plazo próximo, indícalo. Utilizaremos el canal privado adecuado cuando necesitemos revisar documentos.

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Fuentes oficiales y actualización

Información contrastada con fuentes oficiales el 24 de octubre de 2026. La valoración de tu expediente depende de sus circunstancias y de la normativa aplicable al presentar la solicitud.

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